El permiso por nacimiento ha dejado de llamarse de maternidad y de paternidad por una razón práctica: ahora es el mismo para los dos progenitores. Si estás esperando un hijo, o lo vas a adoptar o acoger, esta es la lista de lo que importa: cuántas semanas, cuáles no se pueden aplazar, cuánto cobras y cuándo y cómo se pide.
Las semanas, desglosadas
Cada progenitor tiene derecho a 19 semanas en 2026. Se reparten así:
| Tramo | Semanas | Cómo se disfruta |
|---|---|---|
| Obligatorias | 6 | Ininterrumpidas, a jornada completa, justo después del parto, la adopción o el acogimiento |
| Flexibles | 11 | Seguidas o fraccionadas, hasta que el menor cumple 12 meses |
| Adicionales | 2 | Seguidas o fraccionadas, hasta que el menor cumple 8 años |
Dos precisiones que ahorran disgustos:
- Las 2 semanas adicionales se aplican a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024, pero solo se pueden disfrutar desde el 1 de enero de 2026.
- La madre biológica puede empezar hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto, si lo recoge el informe médico.
El permiso es individual e intransferible. Si uno de los dos no lo coge, el otro no puede quedárselo. Las familias monoparentales tienen 32 semanas en total: 6 obligatorias, 22 flexibles hasta los 12 meses y 4 hasta los 8 años (artículo 48.4 del Estatuto).
Cuánto cobras
Cobras el 100 % de tu base reguladora. Esa base sale de tu base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio del permiso, dividida entre 30. La paga directamente el INSS, no la empresa, que solo sigue cotizando por su parte.
Un ejemplo. Raúl tiene una base de cotización de 1.800 € al mes.
- Base reguladora diaria: 1.800 € entre 30 = 60 € al día.
- Las 19 semanas son 133 días.
- Prestación total: 133 × 60 € = 7.980 € brutos.
- Las 6 semanas obligatorias son 42 días, o sea 2.520 €. Las 11 flexibles son 77 días, 4.620 €. Las 2 adicionales son 14 días, 840 €.
El tope de la base de cotización de 2026 está en torno a 4.720 € al mes, así que quien gana más cobra la prestación máxima asociada a esa base.
Cómo se reparte entre los dos
- Primeras 6 semanas: las dos personas disfrutan sus 6 semanas obligatorias justo después del parto, a la vez o consecutivas. Si las toman a la vez, el bebé tiene a los dos en casa.
- 11 semanas flexibles: cada uno las reparte como quiera dentro del primer año, de golpe o en bloques. Pueden turnarse para cubrir los meses.
- 2 semanas adicionales: se guardan para más adelante, hasta los 8 años. Sirven para adaptación escolar, enfermedades o vacaciones.
Para que el reparto salga bien con el trabajo, avisa a la empresa con tiempo y en documento. El artículo 48.4 exige comunicarlo a la empresa con una antelación mínima de quince días. Las semanas flexibles y las adicionales se pueden disfrutar a jornada parcial solo si lo acordáis la empresa y tú. Y si los dos progenitores trabajan en la misma empresa, la dirección puede limitar que las disfrutéis a la vez, por razones fundadas y objetivas motivadas por escrito.
Cómo se pide
- Avisa a la empresa del inicio y de las fechas que quieres usar.
- Pide a RR. HH. el certificado de empresa, que recoge la base de cotización y que necesita el INSS.
- Solicita la prestación en el INSS. Se hace por internet en la sede de la Seguridad Social, “Tu Seguridad Social”, con certificado digital, Cl@ve o SMS.
- Para los periodos posteriores, si fraccionas el permiso, se piden también en línea.
- Guarda las resoluciones del INSS: son tu prueba de cada tramo.
El INSS resuelve y paga directamente. La empresa solo gestiona su parte: alta, certificado y cotización.
Qué pasa con tu contrato y tu empleo
- Durante el permiso, tu contrato queda suspendido con reserva del puesto. Al volver, vuelves a tu puesto o a uno equivalente.
- No pueden despedirte por pedir el permiso. Si ocurre, el despido es nulo. Está explicado en el despido de una embarazada.
- Si estás en periodo de prueba, la suspensión por nacimiento tiene una protección especial. Lo explica el periodo de prueba.
- Además del permiso, puedes pedir una reducción de jornada cuando tu hijo es menor de 12 años: cuánto sueldo pierdes.
Errores frecuentes
- Pensar que el permiso se puede ceder. No se puede.
- Dejar pasar las 11 semanas flexibles sin pedir el reparto: caducan cuando el menor cumple 12 meses.
- No pedir el certificado de empresa a tiempo. Sin él, el INSS no calcula la prestación y se retrasa el cobro.
- Olvidar las 2 semanas adicionales. Tienen su propio plazo, hasta los 8 años, pero solo puedes pedirlas si no las has caducado.
- Dar por hecho que los otros familiares tienen permiso. Para abuelos y sobrinos la ley no da un permiso por el nacimiento: mira qué dicen la ley y el convenio.
Preguntas que se hace casi todo el mundo
¿Puedo coger las 6 semanas obligatorias y volver a trabajar? Sí, pero las 6 semanas son ininterrumpidas y a jornada completa justo después del parto, la adopción o el acogimiento. Después puedes reincorporarte y guardar las 11 flexibles para más adelante, siempre dentro del primer año del menor.
¿Y si el bebé nace antes de lo previsto o hay hospitalización? Cuando el recién nacido tiene que quedar hospitalizado después del parto, el artículo 48.4 permite computar la suspensión desde el alta hospitalaria, sin contar las seis semanas obligatorias posteriores al parto. Si el ingreso supera los siete días, la suspensión se amplía en tantos días como dure el ingreso, con un máximo de trece semanas adicionales.
¿Cómo se pide si trabajo por cuenta propia? El permiso existe también para autónomos, con la prestación del INSS. El trámite es el mismo, sin certificado de empresa. Confirma los requisitos en la Seguridad Social.
¿Puedo combinar el permiso con una reducción de jornada? Sí. Una vez agotado el permiso, puedes pedir una reducción por cuidado de un menor de 12 años, con la bajada de sueldo proporcional. Tienes la tabla en la reducción de jornada por hijos.
¿Qué pasa con las vacaciones si coinciden con el permiso? Si tus vacaciones coinciden con el permiso, tienes derecho a disfrutarlas en otra fecha, aunque haya terminado el año natural. Pide por escrito el nuevo periodo.
Cuando el motivo de la ausencia es una muerte en la familia, revisa el permiso por fallecimiento de familiar, que tiene sus propios requisitos.
Esta página es informativa y no sustituye el consejo de un profesional. La normativa sobre estos permisos ha cambiado en los últimos años y puede volver a hacerlo: confirma las semanas y los plazos con el INSS antes de planificar.