Te llega un WhatsApp: «mañana no vengas, estás despedido». O un correo corto, sin motivo ni fecha. Es un despido, pero no cumple lo que la ley pide para que sea válido en la forma. Y eso, bien gestionado, juega a tu favor. Lo que te toca ahora es probarlo y no dejar pasar el plazo.

El Estatuto exige escrito, pero no dice por qué medio

El artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores dice que el despido deberá notificarse por escrito, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos. No limita el medio: ni dice «carta en papel» ni menciona mensajes o correos. Si un WhatsApp o un email valen como escrito lo valorará, en cada caso, el juez. No hay en el Estatuto una regla que lo resuelva, y yo no te la voy a inventar.

Lo que sí es claro es qué debe contener. Un mensaje puede ser un «escrito» y aun así incumplir la forma si no trae esas dos cosas.

Dato ¿Debe constar? Cómo suele fallar un mensaje
Hechos que motivan el despido Sí (art. 55.1) «Estás despedido» sin ninguna razón
Fecha de efectos Sí (art. 55.1) «Mañana no vengas», sin decir desde cuándo se extingue
Causa y preaviso (despido objetivo) Sí (art. 53.1) Ni se menciona la indemnización a tu disposición
Firma o notificación personal Depende del caso Un chat grupal o un mensaje sin identificar al remitente

Si falta la forma, el despido es improcedente

El artículo 55.4 dice que el despido es improcedente cuando en su forma no se ajusta al apartado 1. Eso significa que, aunque la empresa tuviera un motivo real, un mensaje sin hechos ni fecha es argumento para pedir la improcedencia. Si el despido se declara improcedente, el artículo 56.1 da a la empresa cinco días desde la sentencia para elegir entre readmitirte o pagar 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades.

Hay un matiz importante: según el artículo 55.2, la empresa puede repetir el despido, cumpliendo los requisitos omitidos, en los 20 días siguientes al primero. Ese segundo despido surte efectos desde su fecha y debe pagarte los salarios de los días intermedios, manteniéndote de alta. Es decir, un defecto de forma no te asegura nada si la empresa lo corrige a tiempo. Cuenta con ello.

Guarda la prueba antes de nada

El mensaje es tu prueba, y se pierde con facilidad. Haz esto el mismo día:

  1. Capturas completas, con la fecha, la hora y el nombre o número de quien escribe a la vista.
  2. Exporta el chat desde la propia aplicación y envíatelo a tu correo.
  3. Guarda los audios si te lo comunican por nota de voz.
  4. Reenvía el correo a una cuenta personal, con el encabezado completo si te lo piden más tarde.
  5. No borres la conversación, ni siquiera si la empresa borra la suya.
  6. Si hay testigos que vieron o escucharon algo, apunta nombres y teléfonos.

Qué hacer cuando todo es oral o casi, y cómo se prueba la fecha, está en despido verbal: qué hacer y cómo probarlo.

Un ejemplo con fechas y cifras

Lucas recibe el martes 3 de noviembre de 2026 este WhatsApp de su jefe: «Desde hoy no tienes que venir más». Cobra 18.250 € brutos al año (50 € al día) y lleva 3 años.

  • Fecha de efectos: el 3 de noviembre. El primer día hábil es el miércoles 4 de noviembre.
  • Los 20 días hábiles acaban el martes 1 de diciembre de 2026, sin contar festivos locales.
  • Si el despido se declara improcedente y la empresa elige indemnizar: 3 × 33 = 99 días × 50 € = 4.950 €.
  • Si la empresa lo repite con carta en los 20 días siguientes, el nuevo despido surte efectos desde su fecha y Lucas cobra los salarios intermedios.

El cálculo con tu salario y tu antigüedad lo tienes en la calculadora de indemnización por despido.

Si discutes la causa del despido, compara lo ofrecido con el cálculo de la indemnización por despido improcedente antes de aceptar el desglose.

Lo que no debes hacer después del mensaje

  • No contestes «vale» ni «me voy». Puede usarse como aceptación o como dimisión.
  • No dejes de ir sin dejar constancia. La empresa puede alegar abandono. Pide que te lo confirmen por escrito con la fecha de efectos y, si no lo hacen, ve con un compañero o deja una comunicación fehaciente.
  • No firmes un finiquito ni un documento de «mutuo acuerdo». Firma «no conforme» si no estás de acuerdo; hay una guía en cómo firmar el finiquito no conforme.
  • No esperes la carta: el plazo de 20 días hábiles no depende de que te la manden. Mira cuánto tiempo tienes para reclamar.

Por qué tu caso puede ser distinto

  • El mensaje dice los hechos y la fecha. Entonces la empresa dirá que cumple la forma, y la discusión pasa a si los hechos son ciertos y graves.
  • Tu convenio exige otras formalidades. El artículo 55.1 permite que el convenio añada exigencias formales.
  • Eres representante o delegado. Hay un expediente contradictorio previo (art. 55.1) y, si no se siguió, el despido es defectuoso.
  • Estás en periodo de prueba. Se rige por otras reglas; mira despido en periodo de prueba.
  • El mensaje es de un compañero o de recursos humanos sin autoridad clara. Guárdalo igual, pero pide la confirmación de la empresa.

Qué hacer en las próximas 48 horas

  1. Guarda las pruebas, como arriba.
  2. Pide por escrito la confirmación del despido con los hechos y la fecha de efectos.
  3. Calcula el último día de tus 20 días hábiles.
  4. Presenta la papeleta de conciliación esta semana, sin esperar al último día.
  5. Pide cita para el paro: el despido es situación legal de desempleo.

Esta información es orientativa. Si hay plazos o dinero en juego, consulta a un abogado laboralista o a un sindicato.