La mudanza te da un día de permiso pagado. Para tus exámenes hay un derecho a los permisos necesarios, siempre que estés estudiando con regularidad. Y para ir al médico no hay un permiso general en el Estatuto: depende de tu convenio, con dos excepciones concretas. Aquí tienes cada caso con el artículo que lo respalda.
La mudanza da un día retribuido, no más
El artículo 37.3.c del Estatuto reconoce un día por traslado del domicilio habitual. Va dentro de los permisos con “derecho a remuneración”: no pierdes sueldo por ese día.
Tres precisiones que evitan discusiones:
- Es el domicilio habitual. Una segunda residencia no encaja en el texto.
- Es un día. El texto no habla de desplazamiento ni de más días. Tu convenio puede ampliarlo.
- El Estatuto no dice en qué día debe caer. Lo razonable es que coincida con el traslado real; concreta la fecha con tu responsable.
Como en todos los permisos del artículo 37.3, exige previo aviso y justificación. Para justificarlo sirven el contrato de alquiler o la escritura, el volante de empadronamiento o el presupuesto de la empresa de mudanzas, con la fecha.
Tus exámenes: permisos necesarios si estudias con regularidad
Aquí el artículo es el 23.1.a, no el 37. Tienes derecho “al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes” cuando cursas con regularidad estudios para obtener un título académico o profesional. El mismo apartado te da preferencia para elegir turno y, si tu empresa lo tiene y tu puesto es compatible, para acceder al trabajo a distancia.
Dos límites:
- Habla de permisos necesarios: el día del examen y el tiempo razonable de desplazamiento y preparación inmediata, no semanas.
- El artículo 23.2 dice que en la negociación colectiva se pactarán los términos de estos derechos. Si tu convenio detalla cuántos días y si son pagados, vale lo que diga.
El texto del artículo 23.1.a no precisa si el permiso es remunerado. Consulta tu convenio o pregunta antes de dar por hecho que lo cobras.
La visita médica propia: el Estatuto no da un permiso general
Es el punto donde más gente se equivoca. En el artículo 37.3 no aparece “ir al médico”. Eso no significa que no puedas ir; significa que la ley no fija un número de horas retribuidas, y lo que cuenta es tu convenio, tu contrato o la práctica de tu empresa.
Hay tres puertas que sí están en el texto:
- Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto (art. 37.3.f): por el tiempo indispensable, cuando deban tener lugar dentro de la jornada. En adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, cubre las sesiones de información y los informes previos a la idoneidad.
- Donación de órganos o tejidos: el tiempo indispensable para los actos preparatorios, también dentro de la jornada.
- Urgencia familiar (art. 37.9): ausencia por fuerza mayor cuando un familiar o persona conviviente tiene enfermedad o accidente y hace falta tu presencia inmediata.
Para la urgencia, el texto añade que tienes derecho a que se retribuyan horas equivalentes a cuatro días al año, según convenio o acuerdo con la representación de los trabajadores, aportando acreditación.
Ejemplo con números. Tu jornada es de 8 horas y en tu convenio esas horas se pagan.
| Concepto | Cálculo | Resultado |
|---|---|---|
| Bolsa anual de horas retribuidas | 4 días × 8 horas | 32 horas |
| Urgencia de marzo (acompañar a un ingreso) | 1 día completo | 8 horas |
| Urgencia de junio (consulta de urgencias) | 3 horas | 3 horas |
| Horas que te quedan en el año | 32 − 8 − 3 | 21 horas |
Si tu jornada fuera de 7 horas, los cuatro días serían 28 horas. Los cálculos de equivalencia los fija el convenio, no el Estatuto.
Al revisar el cuadrante, comprueba también los descansos obligatorios entre jornadas, además de las horas de trabajo.
El deber inexcusable de carácter público y personal
El artículo 37.3.d da permiso, retribuido, por el tiempo indispensable para cumplir un deber inexcusable de carácter público y personal, y menciona expresamente el voto. El texto no enumera más ejemplos; una citación judicial puede encajar, pero compruébalo con la propia citación.
Reglas del apartado:
- Si una norma legal o un convenio fija un periodo determinado, manda esa norma en duración y compensación.
- Si recibes una indemnización por el cargo, la empresa descuenta ese importe de tu salario.
- Si el deber te impide trabajar más del 20 % de las horas laborables en tres meses, la empresa puede pasarte a excedencia (art. 46.1).
Cómo pedirlo para que no te lo discutan
- Avisa por escrito (correo o mensaje que quede guardado) con la fecha y el motivo.
- Entrega el justificante cuando lo tengas: convocatoria del examen, cita médica, citación, contrato de alquiler.
- Pide confirmación de que se considera permiso retribuido y no vacaciones ni día de asuntos propios.
- Si te descuentan el día, reclámalo por escrito citando el artículo.
Un ejemplo de lo que cuesta un descuento mal aplicado: con un sueldo de 1.800 € al mes, un día equivale a 1.800 ÷ 30 = 60 €. No es una cantidad que valga la pena perder por no haber guardado un papel.
Por qué tu caso puede ser distinto
- Tu convenio mejora el Estatuto. Puede regular horas para médico, días extra por mudanza o más tiempo para exámenes. Léelo antes de pedir.
- Tu contrato es temporal o a tiempo parcial. El Estatuto no distingue por tipo de contrato en estos permisos.
- Tienes un horario flexible o teletrabajas. Aun así, avisa: el permiso se justifica igual.
- Empleo público. Se rige por otra norma, no por este texto.
Si la empresa trata como falta lo que es un permiso, no es solo un mal gesto. La LISOS considera infracción grave la transgresión de los límites legales o pactados en materia de permisos y tiempo de trabajo (art. 7.5).
Si lo que necesitas son más días por motivos familiares, mira el permiso por matrimonio, el permiso por hospitalización o enfermedad grave de un familiar y el permiso por fallecimiento. Para cuadrarlo con tu calendario, cuántas vacaciones te corresponden.
Esta página es información orientativa basada en el texto consolidado del Estatuto de los Trabajadores. Con plazos o dinero en juego, consulta a un abogado laboralista o a un sindicato.