Un despido disciplinario y el paro parecen incompatibles cuando el primero suena a castigo. No es así. Lo que pierdes, salvo que consigas que se declare improcedente, es la indemnización por improcedencia. El paro sigue siendo tuyo si cumples los requisitos de siempre.

Lo esencial

  • Un despido disciplinario sí da derecho a paro: es un despido, es decir, una pérdida de empleo que tú no has decidido.
  • No tienes que reclamar el despido ni esperar a un juez para pedir la prestación.
  • Cobras siempre el finiquito. La indemnización por improcedencia solo llega si el despido se declara improcedente; un despido nulo por vulneración de derechos fundamentales puede dar lugar a daños.
  • Hay dos plazos distintos: 15 días hábiles para pedir el paro y 20 días hábiles para impugnar el despido.

Qué es un despido disciplinario

Es el que decide la empresa por un incumplimiento grave y culpable del trabajador. El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores enumera las causas:

  • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o de puntualidad.
  • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
  • Ofensas verbales o físicas a la empresa, a compañeros o a familiares que convivan con ellos.
  • Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza.
  • Disminución continuada y voluntaria del rendimiento normal.
  • Embriaguez habitual o toxicomanía, si repercuten negativamente en el trabajo.
  • El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

La empresa tiene que darte una carta escrita con los hechos y la fecha en que surte efectos. Si la carta es vaga («por causas disciplinarias») y no cuenta qué hiciste y cuándo, ese es el primer punto débil a revisar.

Qué cobras y qué no cobras

Concepto Despido procedente Despido improcedente
Finiquito Sí Sí
Indemnización No 33 días de salario por año trabajado, máximo 24 mensualidades (la empresa elige entre pagarla o readmitirte)
Paro Sí, si cumples requisitos Sí, si cumples requisitos

Si el despido se declara nulo (por ejemplo, por discriminación o por represalia), no hay la indemnización del improcedente: la consecuencia habitual es la readmisión con los salarios dejados de cobrar; si se vulneran derechos fundamentales, además puede haber una indemnización por daños.

Cómo pedir el paro tras un despido disciplinario

Los requisitos son los generales:

  1. Haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
  2. Estar en situación legal de desempleo, que aquí es el propio despido.
  3. Inscribirte como demandante de empleo.

El plazo para solicitarlo es de 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo. Si te pagan vacaciones no disfrutadas, ese periodo puede empezar después del despido: comprueba el certificado de empresa y consulta al SEPE. Necesitarás la carta de despido y que la empresa haya enviado el certificado de empresa al SEPE. Cuánto tiempo cobras depende de lo que hayas cotizado; lo tienes calculado en cuánto tiempo puedes cobrar el paro.

Un ejemplo con números

Marta trabaja desde hace tres años con un sueldo de 24.000 € brutos al año y la despiden por «disminución del rendimiento». Estas son sus opciones:

  • Cobra el finiquito con lo que le deban: días del mes, pagas extra proporcionales y vacaciones sin coger.
  • Pide el paro en los 15 días hábiles desde la situación legal de desempleo, que puede retrasarse si le pagan vacaciones pendientes.
  • Impugna el despido en 20 días hábiles porque cree que la causa no está probada. Si el juez lo declara improcedente y la empresa opta por indemnizarla, le corresponden 33 días por año: 24.000 € entre 365 son 65,75 € al día redondeados, y 33 días por 3 años son 99 días, es decir, aproximadamente 6.509,59 €.

El importe se calcula con el salario diario sin redondear; multiplicar el valor intermedio mostrado puede dar unos céntimos de diferencia.

Impugnar no le quita el paro. Son dos carriles paralelos. Para calcular tu caso, tienes la guía de indemnización por despido improcedente, con calculadora.

Reclamar sin perder plazos

Tienes 20 días hábiles desde el despido para impugnarlo. Presentar la papeleta de conciliación paraliza el reloj mientras dura el trámite, pero conviene no apurar. Los detalles están en cuánto tiempo tienes para reclamar un despido.

Si te entregan la carta y te piden firmar el «recibí», hazlo, pero escribe «recibí, no conforme» si no estás de acuerdo. Es lo que evita que después se use tu firma en tu contra.

El error que no conviene cometer

A veces la empresa ofrece «hacerte un despido disciplinario para que cobres el paro». En casos de despidos forzados o pactados para obtener indebidamente la prestación, el SEPE puede reclamar la prestación cobrada; depende de las circunstancias de cada caso. Si lo que quieres es irte tú, mira qué pasa con el paro si renuncias.

Si eres representante de los trabajadores

Los representantes legales y los delegados sindicales tienen una garantía extra: la empresa debe abrir un expediente contradictorio antes de despedirlos. Si no lo hace, el despido tiene un defecto de forma.